El Gobierno oficializó este miércoles el decreto supremo que ordena declarar emergencia sanitaria en el país por el coronavirus. La medida se prolongará por 90 días, según se lee en el documento publicado en el boletín extraordinario de normas legales del diario oficial El Peruano.
La normativa emitida por el Ejecutivo establece que, en un plazo de 72 horas, “mediante Decreto Supremo, el Ministerio de Salud aprueba el Plan de Acción y la relación de bienes y servicios que se requieren contratar para enfrentar la emergencia sanitaria”.
La activación de esta medida de contingencia incluye también “al Seguro Social de Salud – EsSalud y las Sanidades de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú”.
La medida también contempla el anuncio que hizo la mañana de este miércoles el presidente Martín Vizcarra respecto a las personas que lleguen al Perú provenientes de España, Francia, Italia y China.
Dice la norma:
“Toda persona que ingrese al territorio nacional provenientes de países con antecedentes epidemiológicos y que se encuentren en la relación que elabore el Centro de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades – CDC del Ministerio de Salud, tales como la República Italiana, el Reino de España, República Francesa y República Popular de China, debe sujetarse a un periodo de aislamiento domiciliario por catorce (14) días. La lista de países es actualizada por el CDC y publicada en su página web y la del Ministerio de Salud”.
El decreto contempla también que la evaluación sobre las actividades que conlleven la concentración de personas tanto en espacios cerrados como abiertos corresponderá a la autoridad competente.
“Todos los establecimientos comerciales y mercados deben coadyuvar en la prevención para evitar la propagación del COVID-19, implementando medidas de salubridad que faciliten el acceso de la población a sus servicios higiénicos, así como la de sus trabajadores”
Con el decreto, el Gobierno plantea también que los servicios de transporte públicos y privados “deben adoptar las medidas que correspondan para evitar la propagación del COVID-19”.
En los centros laborales, señala la norma también, se deben tomar iguales medidas.
2.2 Las instituciones públicas y privadas, el Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior, la sociedad civil y la ciudadanía en general deben coadyuvaren la implementación de la presente norma y de las disposiciones complementarias que se emitan.
2.3 Los Gobiernos Regionales y Locales adoptan las medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19 y coadyuvan al cumplimiento de las normas y disposiciones correspondientes emitidas por el Poder Ejecutivo.
Este miércoles, el Ejecutivo dispuso también la suspensión de las actividades escolares en los colegios de todo el país, nacionales y particulares, hasta el 30 de marzo próximo.
También, en un decreto de urgencia, el Gobierno dispuso la transferencia de 100 millones de soles para “financiar el fortalecimiento de las acciones de prevención, control, vigilancia y respuesta sanitaria ante la introducción de la enfermedad causada por un nuevo coronavirus COVID-19”.