La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el procedimiento operativo que permitirá iniciar las solicitudes del retiro extraordinario del 25% de los fondos de AFP.
La Resolución SBS Nº 1352-2020, emitida este 11 de mayo en El Peruano, señala que el documento entrará en vigencia a partir del próximo lunes 18 de mayo.
De acuerdo a lo establecido, los afiliados podrán iniciar su solicitud de retiro por única vez y en un plazo máximo de 60 días calendario, teniendo en cuenta los montos indicados por la ley, es decir, desde S/4,300 hasta S/12,900.
Las AFP deberán facilitar canales de atención para que los aportantes puedan informarse y realizar sus solicitudes. Además, deberán determinar cómo se hará efectivo el pago.
La entrega de los fondos requeridos será efectuada, primero en un 50% luego de 10 días calendario de emitido el pedido. Mientras que la otra mitad será entregada 30 días después de realizado el primer desembolso.
La resolución también señala que quienes se hayan acogido al retiro extraordinario de S/2,000 también podrán retirar lo que indica la nueva ley. Sin embargo, se les descontará el monto ya obtenido.